Vamos a estudiar unos cuantos principios que nos ayudarán a juzgar que hacer cuando de un acto se siguen efectos buenos y malos. En estos casos, se puede actuar si y sólo si:
- El acto realizado ha de ser en sí mismo bueno, o al menos indiferente;
- el acto bueno no debe conseguirse a través del malo,
- la persona ha de buscar directamente el efecto bueno (intención recta);
- debe haber una proporcionalidad entre el bien que se intenta y el mal que se tolera.
De aquí se derivan igualmente los criterios relativos a la posible licitud de la cooperación a una mala acción. Es evidente que nunca puede ser lícito cooperar formalmente a una acción mala –es decir, querer positivamente el mal-. Según esto, el problema se plantea sólo en el caso de una cooperación material a una acción mala. Este problema, cabe decir, es relativamente frecuente por el solo hecho de que la vida social y laboral supone cooperar con otros en muchas cosas.
No es extraño que uno pueda razonablemente preguntarse si sus propias acciones están contribuyendo al bien o al mal. En atención a esto, se han concretado varias pautas para examinar si en algunos casos la cooperación (material) a la mala acción puede ser lícita. Las pautas son las siguientes:
- que la acción con la que uno coopera sea buena o indiferente;
- que la intención con la que uno actúa sea buena;
- que la propia acción no contribuya esencialmente a la acción mala; o, dicho de otro modo, que en su esencia, la acción mala no dependa de la propia acción.
A continuación, vamos a discutir los principios presentados en los siguientes videos:
Video 1: Sullivan descubre las pérdidas
Video 2: Buscando a Eric Dale y Sam se encuentra con Will
Video 4: Reunión de emergencia de socios senior
Video 5: Discurso para la venta de liquidación